Descripción general del proceso

Solicitud de licencia de Sea Port Oil Terminal

El 31 de enero de 2019, la Administración Marítima (MARAD) y la Guardia Costera de los Estados Unidos (USCG) recibieron una solicitud de SPOT Terminal Services LLC (el Solicitante) en busca de una licencia federal en virtud de la Ley de Puerto de Aguas Profundas de 1974 (DWPA), según enmienda, para poseer, construir, operar y eventualmente desmantelar el Proyecto Sea Port Oil Terminal (SPOT) (el Proyecto), un puerto de aguas profundas para la exportación de petróleo crudo al mercado global.

El Solicitante propone que el Proyecto SPOT se establezca en el Golfo de México para exportar petróleo crudo de producción nacional. El uso del puerto de aguas profundas incluiría la carga de varios grados de petróleo crudo a caudales de hasta 85.000 barriles por hora. El puerto de aguas profundas SPOT permitiría que hasta dos (2) transportes de petróleo crudo muy grandes (VLCC) u otros transportadores de petróleo crudo amarren en boyas de amarre de un solo punto y se conecten con el puerto de aguas profundas por medio de mangueras flotantes de conexión de petróleo crudo y mangueras flotantes de recuperación de vapor. La frecuencia máxima de carga de los VLCC u otros transportes de petróleo crudo sería de 2 millones de barriles por día, los 365 días del año.

El repositorio de información previsto para el Proyecto SPOT será el Sistema Federal de Gestión de Expedientes (https://www.regulations.gov/docket/MARAD-2019-0011). Las copias del Borrador de la Declaración de Impacto Ambiental (EIS) y el Borrador complementario de la EIS están disponibles en línea y las copias de la EIS Final estarán disponibles en línea y en los repositorios de información locales en las áreas de Freeport y Lake Jackson, Texas, incluidos los siguientes:

Biblioteca pública de la sucursal de Freeport
410 N Brazosport Blvd, Freeport, TX 77541

Biblioteca pública de la sucursal de Lake Jackson
250 Circle Way St, Lake Jackson, TX 77566

Acción propuesta del proyecto SPOT

De acuerdo con la Ley de Puerto de Aguas Profundas, la Ley de Política Ambiental Nacional y las reglamentaciones aplicables, la Guardia Costera de EE. UU. (USCG) y la Administración Marítima (MARAD) han preparado una Declaración de Impacto Ambiental (EIS) para la Acción Propuesta.

MARAD puede aprobar, aprobar con condiciones o denegar la licencia para el Proyecto SPOT propuesto. La EIS ayudará al Administrador Marítimo a decidir si aprueba, aprueba con condiciones o deniega la licencia para la Acción Propuesta.

Ley de Puertos de Aguas Profundas y proceso de concesión de licencias

La Ley de Puerto de Aguas Profundas establece un sistema de licencias para la propiedad, construcción, operación y eventual desmantelamiento de puertos de aguas profundas ubicados más allá de los límites marítimos de un Estado que se utilizan para importar o exportar petróleo o gas natural desde o hacia los EE. UU. La Administración Marítima (MARAD) es la responsable de otorgar licencias a los puertos de aguas profundas. El proceso de concesión de licencias exige el cumplimiento de la Ley de Política Ambiental Nacional.

Proceso NEPA para solicitudes de puerto de aguas profundas

La Ley de Política Ambiental Nacional (NEPA) se aprobó en 1969 y tiene dos objetivos principales:

  1. Garantizar que las agencias federales consideren los posibles efectos ambientales de los programas, proyectos y acciones propuestos antes de iniciarlos.
  2. Informar al público y alentar y facilitar la participación pública en las actividades de las agencias federales que puedan afectar la calidad del medio ambiente humano.

Las pautas para que las agencias federales implementen la NEPA fueron establecidas en las regulaciones del Consejo de Calidad Ambiental (CEQ) del Presidente en 40 CFR § 1500-1508. Además, la Administración Marítima y la Guardia Costera de los Estados Unidos han emitido políticas y procedimientos de implementación para considerar los impactos ambientales conforme a la NEPA y las leyes relacionadas.

Los documentos preparados conforme a la NEPA pueden incluir una Exclusión Categórica, una Evaluación Ambiental o una Declaración de Impacto Ambiental (EIS). Cuando una Acción Propuesta tiene el potencial de generar impactos significativos en la calidad del medio ambiente humano, se prepara una EIS, el análisis más detallado realizado conforme a la NEPA.

Registro de decisión de puerto de aguas profundas, condiciones de la licencia y requisitos posteriores a la licencia

La Administración Marítima (MARAD) emite un Registro de Decisión para cada solicitud de licencia de puerto de aguas profundas. La decisión de la MARAD de aprobar, aprobar con condiciones o denegar la licencia se basará en los nueve criterios contenidos en la Sección l 503(c) de la Ley de Puerto de Aguas Profundas.


 
 

Mapa interactivo del proyecto


Participación pública y reuniones virtuales

Una Declaración de Impacto Ambiental (EIS) es un documento público detallado que tiene el objetivo principal de garantizar que los requisitos y objetivos de la Ley de política ambiental nacional (NEPA) se incorporen a los programas y acciones federales y proporciona información suficiente para que el encargado de tomar decisiones (en este caso, la Administración Marítima) tome una decisión informada. El borrador de la EIS es la primera versión pública del documento de la EIS y se publicó el 31 de enero de 2020.

Nos comprometemos a brindar una participación pública significativa en el proceso de la NEPA, al mismo tiempo que garantizamos la protección de la salud humana durante la emergencia de salud pública de la enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19). La MARAD y la USCG realizaron una reunión de comentarios públicos en Lake Jackson, Texas, el 26 de febrero de 2020, para brindarle a los ciudadanos la oportunidad de hacer comentarios verbales y escritos sobre el borrador de la EIS. Se publicó un aviso del Registro Federal el 1 de mayo de 2020 (85 Reg. Fed. 85 [1 de mayo de 2020], 25507–25508) para notificar al público de una extensión de 30 días para el período de comentarios públicos, que finaliza el 31 de mayo de 2020. Posteriormente, la MARAD determinó que se justificaba la participación pública adicional de las comunidades de Justicia Ambiental (EJ) y las personas con Dominio Limitado del Inglés (LEP) en el proceso de revisión ambiental para el Proyecto SPOT. El borrador de la EIS identificó poblaciones minoritarias o de bajos ingresos que cumplen con uno o más criterios para el análisis de justicia ambiental y que las comunidades de EJ a lo largo de la ruta del oleoducto dentro del condado de Harris se verían afectadas de manera desproporcionada, al menos temporalmente, por los impactos de la construcción. Además, los posibles impactos del Proyecto incluyen áreas que contienen poblaciones con LEP suficientes para justificar la participación traducida/interpretada. Por lo tanto, la MARAD publicó un Borrador suplementario de la EIS que tomó en cuenta los comentarios recibidos de la Agencia de Protección Ambiental de EE. UU. y del público con respecto a las comunidades de EJ y las personas con LEP para brindar una oportunidad adecuada para que las comunidades de EJ y las personas con LEP participen en el proceso. Estos comentarios, así como los recibidos durante la reunión de comentarios públicos en Lake Jackson, Texas, el 26 de febrero de 2020, durante el período de extensión de comentarios públicos que finaliza el 31 de mayo de 2020 y los que se encuentran en el expediente (MARAD-2019-0011), se consideraron en el desarrollo del Borrador suplementario de la EIS.

El Borrador Suplementario de la EIS se publicó en el Registro Federal el 29 de octubre de 2021 (86 Reg. Fed. 207, 60093-60095) y los anuncios se publicaron dos veces durante el período de comentarios en los siguientes periódicos: The Facts, Alvin Sun, The Houston Chronicle, Pearland Journal, The Daily News Galveston County, The Vietnam Post, La Prensa de Houston, La Voz de Houston, Vietnam Daily News y La Información. La MARAD y la USCG celebraron una reunión pública virtual el 16 de noviembre de 2021 para brindarle al público la oportunidad de hacer comentarios verbales y escritos sobre el Borrador suplementario de la EIS. Las transcripciones de la reunión están disponibles en el expediente, ubicado en www.regulations.gov, número de expediente MARAD-2019-0011.

La EIS final aborda los comentarios recibidos sobre el borrador suplementario de la EIS (SDEIS). La EIS final se publicó en el Registro Federal el 29 de julio de 2022. La MARAD y la USCG organizarán una audiencia final virtual para el 23 de agosto de 2022 a fin de brindarle al público la oportunidad de hacer comentarios verbales y escritos sobre la EIS final. La transcripción de la reunión estará disponible en el expediente.

El período de comentarios públicos de la EIS final (FEIS) finaliza el 12 de septiembre de 2022.


Recursos del solicitante

Al hacer clic en los enlaces que aparecen a continuación, saldrá del sitio web del Proceso de la NEPA SPOT y será redirigido al expediente federal para SPOT, ubicado en www.regulations.gov. El número de expediente del proyecto SPOT es MARAD-2019-0011.

Propósito principal del Proyecto SPOT Beneficios de la comunidad SPOT Póster de instalaciones en tierra SPOT

Comunicarse con el solicitante

1-866-298-4921

Descripción general del proyecto SPOT

SPOT Terminal Services LLC busca la aprobación para poseer, construir, operar y eventualmente desmantelar un puerto de aguas profundas para la exportación de petróleo crudo producido en el país. El puerto de aguas profundas Sea Port Oil Terminal (SPOT) propuesto estaría ubicado en aguas federales del Golfo de México, en los bloques de arrendamiento 463 y A-59 del área de Galveston, aproximadamente a 27,2 a 30,8 millas náuticas de la costa del condado de Brazoria, Texas, en profundidades de agua de aproximadamente 115 pies. Los componentes terrestres del Proyecto SPOT incluirían la Terminal Enterprise Crude de Houston existente, la nueva Terminal Oyster Creek y tuberías terrestres desde la terminal existente hasta la línea media de la marea alta en el cruce costero. Los componentes marítimos incluirían el puerto de aguas profundas SPOT y las instalaciones conectadas, incluidas las tuberías submarinas, a la línea media de la marea alta en la costa. Consulte el enlace Recursos para obtener más detalles.

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de impacto ambiental

Borrador complementario de la
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